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Reglamento del concurso: "Higiene bucal navideña con ZENT®”

Reglamento del concurso en Instagram llamado “Higiene bucal navideña con ZENT®”

§1 Disposiciones Generales
  1. El Organizador del Concurso es ZENT sp. z o.o. con sede en ul. Sienkiewicza 1, 39-300 Mielec NIP: 8172214665, REGON: 527891301, registrada bajo el número KRS: 0001090270, en la XII Sección Comercial del Registro Judicial Nacional de la ciudad de Rzeszów, capital social - 5 000 PLN, en adelante denominado "Organizador". 
  2. El Concurso se lleva a cabo según las reglas descritas en este Reglamento y conforme a las disposiciones legales vigentes en Polonia. 
  3. El Concurso comienza el 17.12.2024 y termina el 20.12.2024 a las 13:00 hora polaca.
§2. Participantes y reglas del Concurso
  1. La participación en el Concurso es voluntaria y gratuita.
  2. Puede participar en el Concurso una persona física (consumidor según el art. 22 del Código Civil), en adelante llamada Participante, que:
    1. ha leído este Reglamento, aceptado su contenido y dado su consentimiento para el tratamiento de datos personales con el fin de realizar el Concurso mediante la inscripción en el Concurso; 
    2. ha cumplido 18 años y posee plena capacidad legal;
    3. que tengan dirección para notificaciones en el territorio de la República de Polonia, 
    4. posee una cuenta pública (perfil) en el servicio Instagram, 
    5. realizará la Tarea del Concurso. 
  3. Solo puede ser participante del Concurso una persona que cumpla las condiciones establecidas en §2. apartado 2 del Reglamento.
  4. Están excluidos del Concurso los empleados del Organizador, así como las entidades y empleados de entidades que prestan servicios al Organizador en la organización del Concurso bajo contratos civiles, y también los miembros de la familia cercana (cónyuges, ascendientes, descendientes y hermanos) de las personas mencionadas.
  1. Para participar en el Concurso, durante su duración, el participante realizará la Tarea del Concurso. Realizar la Tarea del Concurso significa publicar bajo la publicación del concurso publicada en el servicio Instagram en la URL: https://www.instagram.com/p/DDr7rIru1Dz/?utm_source=ig_web_copy_link comentario que sea respuesta a la pregunta: “¿Cómo cuidas la higiene bucal durante las fiestas”?
  2. Solo participarán en el Concurso los participantes que realicen la Tarea del Concurso durante la duración del Concurso. 
  3. El participante puede participar en el Concurso únicamente 1 (en palabras: una) vez. 
  4. El Organizador se reserva el derecho de eliminar y no considerar en el Concurso las Tareas del Concurso realizadas cuyos autores:   
a) no actúan en su propio nombre, sino a través de terceros, 
b) actúan desde cuentas/perfiles ficticios en el servicio Instagram;
c) crean cuentas/perfiles ficticios en el servicio Instagram; 
d) infringen las normas del servicio Instagram.
e) usaron en la Tarea del Concurso palabras comúnmente consideradas ofensivas, contenido pornográfico, contenido que promueve el odio racial, étnico o religioso o que discrimina a grupos sociales, violaron bienes personales de personas o entidades terceras o del Organizador.
§ 3 Derechos sobre las Tareas del Concurso realizadas
  1. El participante garantiza que la Tarea del Concurso realizada no infringirá ningún derecho o bien del Organizador, personas o entidades terceras, en particular sus derechos de autor patrimoniales y personales, así como bienes personales. 
  2. El participante declara que posee derechos de autor exclusivos e ilimitados sobre la Tarea del Concurso realizada y que dicha Tarea del Concurso no está sujeta a derechos de terceros, y que el trabajo no ha sido publicado anteriormente. 
  3. Con base en el artículo 921 § 3 del Código Civil, el Organizador reserva, en el momento de la entrega del Premio, la adquisición de una licencia no exclusiva para la Tarea del Concurso premiada sin limitaciones temporales ni territoriales, y el Participante premiado en el Concurso (Ganador) concede al Organizador una licencia no exclusiva para la Tarea del Concurso premiada en los siguientes campos de explotación: 
    1. en cuanto a la fijación y reproducción de la obra - producción mediante técnicas específicas de copias de la obra, incluyendo técnicas de impresión, reprográficas, grabación magnética y técnicas digitales;
    2. en cuanto a la comercialización del original o de las copias en las que la obra esté fijada - introducción en el comercio, préstamo o alquiler del original o de las copias;
    3. en cuanto a la difusión de la obra de manera distinta a la especificada en el punto b - ejecución pública, exhibición, visualización, reproducción, así como transmisión y retransmisión, y también la puesta a disposición pública de la obra de tal manera que cualquiera pueda acceder a ella en el lugar y tiempo elegidos por sí mismo, incluyendo la introducción de la obra en la memoria de un ordenador y en redes de telecomunicaciones e informáticas.
§4. Premios y selección de Ganadores 
  1. Para garantizar la correcta realización del Concurso, el Organizador nombrará una Comisión unipersonal, en adelante llamada Comisión del Concurso. Las tareas de la Comisión del Concurso incluirán supervisar la correcta realización del Concurso, tomar decisiones en todos los asuntos relacionados con el Concurso, incluida la interpretación de las disposiciones de este Reglamento, y seleccionar a los Participantes a quienes se les otorgarán los Premios (en adelante: Ganadores). Las decisiones de la Comisión son definitivas, sin perjuicio del derecho del Participante a reclamar derechos conforme a la ley.
  2. Después de finalizar el Concurso, la Comisión del Concurso evaluará las Tareas del Concurso realizadas por los Participantes y seleccionará entre ellos a un ganador, quien, según la evaluación de la Comisión del Concurso, haya realizado la Tarea del Concurso de la manera más atractiva, original y creativa. 
  3. A los Ganadores del Concurso se les otorgarán los siguientes premios:
Premio: Limpiador ultrasónico ZENT™ Ultrasonic Cleaner
  1. Los premios están exentos del impuesto sobre la renta de las personas físicas según el artículo 21, apartado 1, punto 68 de la ley PIT. 
  2. La Comisión finalizará la selección de los Ganadores a más tardar el día 20.12.2024
  3. Los Ganadores del Concurso serán informados sobre la obtención del Premio mediante la publicación de la lista de Ganadores que indique los nombres de los perfiles (cuentas) en el perfil del Organizador en el servicio Instagram @zentcarepolska en la historia y en la descripción de la publicación del concurso, a más tardar el 21.12.2024
  4. La información sobre la victoria en el Concurso será enviada a los Ganadores en un mensaje privado en el servicio Instagram.
  5. La condición para recibir el Premio es que el Ganador entregue al Organizador dentro de los 14 días desde el envío por parte del Organizador, un correo electrónico a la dirección kontakt@zentcare.pl información necesaria para la entrega del Premio, en particular: nombre, apellido, dirección de correo electrónico y dirección postal en el territorio de la República de Polonia. 
  6. En caso de que el Ganador no proporcione en el plazo y según las condiciones establecidas en el apartado 7 anterior los datos necesarios para la entrega del Premio, el Comité del Concurso seleccionará a otro Participante que recibirá dicho Premio.
  7. El Organizador no se hace responsable por no entregar el Premio al Participante si la imposibilidad de entregar el Premio se debió exclusivamente a que el Participante no proporcionó los datos necesarios para la entrega del Premio o proporcionó datos incorrectos o no conformes con el Reglamento.
  8. Cada Premio será enviado una sola vez por el Organizador a la dirección indicada por el Ganador en el territorio de la República de Polonia en un plazo de 7 días desde el día en que el Ganador envíe en respuesta a la información que notifica la concesión del Premio todos los datos que permitan el envío del Premio.
  9. El patrocinador de los Premios es el Organizador. 
  10. El Ganador no puede transferir los derechos sobre el premio otorgado a un tercero. 
  11. El Ganador tiene la posibilidad de renunciar al derecho al Premio otorgado presentando al Organizador una declaración escrita correspondiente.
  12. En el Concurso se puede recibir el Premio solo una vez.
  13. El Premio será enviado al Participante a cargo del Organizador. 
  14. El Participante no tiene derecho a solicitar el cambio del Premio por un premio en efectivo.
§5. Datos Personales
  1. El administrador de los datos personales de los Participantes es el Organizador. El contacto con el organizador es posible por correspondencia en la dirección postal ZENT sp. z o.o., Sienkiewicza 1, 39-300 Mielec y en la dirección de correo electrónico kontakt@zentcare.pl
  2. La base para el procesamiento de datos personales es el art. 6, apartado 1, letra a del RGPD, el consentimiento de los Participantes para participar en el Concurso, y el art. 6, apartado 1, letra f, es decir, el interés legítimo del administrador, en particular en cuanto al reconocimiento de reclamaciones y la reclamación de derechos.
  3. Los datos personales de los Participantes serán procesados en la medida y con el propósito necesario para llevar a cabo el Concurso, seleccionar a los Ganadores, considerar posibles reclamaciones y, en el caso de los Ganadores, también para notificar la concesión del Premio y entregar el Premio.
  4. La provisión de datos personales es voluntaria, sin embargo, constituye una condición para la entrega de los Premios a los Ganadores o para presentar reclamaciones, en cuanto a los datos identificativos y de dirección. 
  5. Los datos personales se almacenarán durante la duración del Concurso, y después de su finalización hasta el vencimiento de posibles reclamaciones o la expiración de la obligación de almacenar datos derivada de las disposiciones legales, no más de 5 años desde el final del año calendario en que se realizó el Concurso.
  6. El Organizador ejerce los derechos de las personas cuyos datos se refieren, es decir, el acceso al contenido de sus datos y el derecho a su rectificación, eliminación, limitación de su procesamiento, derecho a la portabilidad de los datos.
  7. En caso de procesamiento de datos personales basado en el consentimiento, el Participante tiene el derecho de retirar el consentimiento en cualquier momento, y la retirada del consentimiento no afecta la legalidad del procesamiento realizado sobre la base del consentimiento antes de su retirada. La retirada del consentimiento requiere una notificación electrónica a la dirección de correo electrónico kontakt@zentcare.pl
  8. Los destinatarios de los datos son: entidades que prestan servicios de hosting, servicios postales, entidades con las que el Organizador colabora en servicios contables y fiscales, órganos públicos basados en y dentro de los límites de la ley, en particular como KAS, órganos de investigación. 
  9. Los datos personales no se procesan automáticamente ni se someten a perfilado. 
§ 6. Reclamaciones
  1. Los Participantes del Concurso tienen derecho a presentar una reclamación por escrito con la nota Higiene bucal navideña con ZENT® a la dirección e-mail kontakt@zentcare.pl o a la dirección postal del Organizador ZENT sp. z o.o., Sienkiewicza 1, 39-300 Mielec relacionada con el desarrollo del Concurso durante su duración, así como hasta 14 días después de la finalización del Concurso.
  2. El escrito que contiene la reclamación debe indicar el nombre y apellido del Participante y la dirección para correspondencia a la que se enviará la respuesta a la reclamación.
  3. El Organizador responderá al Participante sobre la reclamación en un plazo de 14 días mediante carta certificada enviada a la dirección indicada en el escrito que contiene la reclamación.
  4. La negativa del Organizador a aceptar la reclamación del Participante no excluye el derecho del Participante a reclamar sus derechos conforme a las disposiciones legales aplicables, incluyendo el procedimiento judicial.
§7. Disposiciones finales e información técnica.
  1. El Reglamento entra en vigor el día 17.12.2024
  2. El Concurso no es una lotería promocional en el sentido del art. 2, apartado 1, punto 9 de la Ley de juegos y apuestas mutuas del 29.07.1992 (Diario Oficial de 2004, No. 4, pos. 27, con modificaciones posteriores) y no está sujeto a las reglas contenidas en dicha ley y en los reglamentos ejecutivos de esta ley.
  3. El Organizador del Concurso no se hace responsable por la imposibilidad de que un posible Participante envíe la Tarea del Concurso realizada por razones exclusivamente atribuibles al Participante.
  4. El Reglamento del Concurso está disponible durante la duración del Concurso a través de la red pública de telecomunicaciones Internet en la dirección URL: https://www.instagram.com/p/DDr7rIru1Dz/?utm_source=ig_web_copy_link y en la sede del Organizador.
  5. El Organizador se compromete a hacer todo lo posible para resolver amistosamente cualquier disputa que pueda surgir en relación con la realización del Concurso. 
  6. El tribunal competente para resolver disputas es el tribunal territorial y materialmente competente de acuerdo con las disposiciones legales.
  7. Este Concurso no está organizado, patrocinado, llevado a cabo ni respaldado de ninguna manera por el servicio Instagram ni está relacionado con él. 
  8. El único responsable de llevar a cabo el Concurso es el Organizador, y los Participantes aceptan liberar al servicio Instagram de cualquier responsabilidad que pueda surgir en relación con la organización del Concurso.  
  9. El cambio del Reglamento requiere la publicación e informar a los Participantes sobre los cambios realizados por el Organizador. Los cambios solo pueden realizarse por razones de adaptación del Reglamento a las normas de las leyes vigentes.